Beneficio que permite que las remuneraciones se incrementen a la par del IPC
Los sueldos base de los Trabajadores se reajustarán el 1° de marzo, 1° de julio y 1° de noviembre, de cada año, en el 100% (cien por ciento) de la variación que haya experimentado del ÍNDICE DE PRECIOS DEL CONSUMIDOR informado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS INE durante los 4 (cuatro meses) inmediatamente anteriores a la fecha de cada reajuste.
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