Establece condiciones de horario para trabajadores con Jornada Horaria.
La jornada ordinaria de trabajo será la que pacten las partes en el respectivo contrato individual. No obstante, a contar de la vigencia del presente Contrato Colectivo los trabajadores terminarán su jornada todos los viernes del año a las 16:00 hrs. Sin perjuicio de lo anterior, siempre que la naturaleza de la gestión del cargo lo permita, la jornada de los trabajadores en dichos viernes terminará a las 14:00 hrs
145 personas les gusta esto